Ayuntamiento, Bienestar Social

Abierto el plazo para solicitar las ayudas a personas mayores y personas con discapacidad

Hasta el día 20 de abril está abierto el plazo para solicitar las ayudas públicas individuales a personas mayores y personas con discapacidad, de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía. Se pueden solicitar en el Edificio de Servicios Sociales de Peligros, en la Plaza de la Candelaria (teléfono 958400129).
La convocatoria tiene como finalidad ayudar a personas mayores en la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales, y a las personas con discapacidad para adaptar vehículos, adquisición o renovación de prótesis y órtesis, y gastos de desplazamiento.
(Orden de 30 de marzo de 2017, por la que se convocan la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad…..)
1.- Tipo de ayudas: 

  • Para Personas mayores: la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales.
  • Para personas con discapacidad:

a) La adaptación de vehículos a motor.
b) La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como de productos de apoyo para personas con discapacidad (siempre que no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS).
c) Los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día, así como los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.
2.- Personas que lo pueden solicitar y requisitos a cumplir:
a) Para las Ayudas a personas mayores:

  • Tener cumplidos 65 años el último día del plazo de presentación de solicitudes ( 2 de Abril de 2016). –  Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior al IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia  a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado de empadronamiento colectivo o familiar.
  • No haber obtenido la condición de beneficiaria por el mismo concepto en la convocatoria anterior.
  • Encontrase en situación de inactividad laboral.
  • Disponer de un presupuesto cierto.

b) Para las ayudas a personas con discapacidad:

  • Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33%.
  • Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior al IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado de empadronamiento conjunto.
  • Disponer de un presupuesto cierto.
  • En el caso de subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, se exigirá, además, informe favorable del Centro de valoración y orientación que será solicitado de oficio por el órgano que tramita la subvención.

3.-  Plazo de presentación: hasta al 20 de abril de 2017.
4.-  Solicitudes / Obtención del formulario:

Compartir