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Convocatoria municipal de ayudas económicas a autónomos y microempresas de Peligros

AYUDAS ECONÓMICAS A AUTÓNOMOS Y MICROEMPRESAS DE PELIGROS
Tres líneas de ayuda:
LÍNEA 1. Ayuda a trabajadores autónomos o microempresas dadas de alta desde el 1 de Enero de 2016 (hasta un máximo de 600 €).
LÍNEA 2. Ayuda a mujeres autónomas o microempresas, formadas por al menos un 50% de mujeres, dadas de alta desde el 1 de enero de 2016 (hasta un máximo de 700 €).
LÍNEA 3. Ayuda a autónomos o microempresas, cuyos emprendedores en el momento del alta sean menores de 35 años o mayores de 50 años, dadas de alta desde el 1 de enero de 2016. (hasta un máximo de 800 €).
Requisitos:
1. Estar dado de alta en Régimen de Autónomo o como Microempresa (aquellas  con menos de 10 trabajadores).
2. No haber estado de alta en la misma actividad empresarial, en los 12 meses anteriores al inicio de actividad actual; situación que se acreditará con la vida laboral.
3. Que la actividad empresarial objeto de ayuda tenga su domicilio fiscal en el casco urbano del municipio de Peligros.
4. Haber iniciado su actividad a partir del 1 DE ENERO DE 2016.  A efectos del  cómputo de este plazo se entenderá por inicio de la actividad la fecha de alta en el modelo censal correspondiente, o en el documento único electrónico CIRCE (en adelante DUE) en el caso de realizarse en vía telemática.
5. Que tengan concedidas todas las licencias y todos los permisos necesarios a nombre del interesado/a, para llevar a cabo la actividad de que se trate.
6. Que el/la solicitante no haya causado baja en el Régimen de la Seguridad Social que le corresponda, ya sea como autónomo o como empresa, desde el inicio de actividad hasta la presentación de la solicitud de la ayuda.
Gastos subvencionables:
Podrán ser objeto de ayuda los siguientes conceptos:
1. Gastos de constitución y mantenimiento en alta de la actividad empresarial: para cuya justificación bastará con los justificantes de pago de las cuotas  correspondientes.
2. Gastos corrientes: El abono de alquileres y de suministros de servicios (agua, luz, teléfono y gas), gastos de asesoramiento y de gestión, y cualquier otro gasto originado por el desarrollo de la actividad ordinaria de la empresa (gastos de publicidad y marketing, gastos de proveedores, y primas y seguros). Estos gastos deberán ser justificados mediante la aportación de las facturas y justificantes bancarios de pago correspondientes a ellos.
PLAZO DE SOLICITUDES: HASTA EL 29 DE NOVIEMBRE.
BASES: AQUÍ.
ANEXO SOLICITUD: AQUÍ.

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