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Restricciones de movilidad hasta el 9 de noviembre para controlar la pandemia

Desde hoy hasta el 9 de noviembre están en vigor las nuevas restricciones de la Junta de Andalucía para el control de la pandemia.

CIERRE PERIMETRAL DE ANDALUCÍA, PROVINCIA DE GRANADA Y TODOS SUS MUNICIPIOS

No se puede entrar ni salir de la Comunidad Autónoma, y tampoco hay movilidad entre los 174 municipios de la provincia de Granada (además de las provincias de Jaén, Sevilla y los distritos sanitarios de La Vega (Málaga), Córdoba Sur, Jerez Costa Nordeste y Sierra de Cádiz), excepto si se trata de desplazamientos justificados por:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.
k) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
l) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

LIMITACIÓN DE LA MOVILIDAD EN HORARIO NOCTURNO

En horario nocturno también están limitados los movimientos: hasta el 9 de noviembre, no se permiten los desplazamientos entre las once de la noche y las seis de la mañana, excepto si se trata de las siguientes causas:

a) Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o persona especialmente vulnerables.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
i) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.

LIMITACIÓN DE GRUPOS DE PERSONAS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS

Las reuniones, tanto en el ámbito público como en el privado, al aire libre o en espacios cerrados, no pueden superar las 6 personas, salvo que se trate de convivientes. Esta limitación no afecta a la confluencia de personas en instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen aprobado por la autoridad sanitaria. Tampoco existe esta limitación para las actividades laborales, institucionales, educativas y universitarias, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.

COMERCIOS, HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

Los establecimientos comerciales estarán al 50% del aforo y con distancia de seguridad.

Los establecimientos de hostelería y restauración tienen que cerrar a las 22:30 horas como máximo. 30% del aforo en el interior y 75% del aforo en terrazas. Los gimnasios tendrán un aforo máximo del 40%.

TRANSPORTE PÚBLICO

Los horarios son los mismos que había hasta ahora, pero las últimas salidas son a las 23:00 horas. Se eliminan los horarios nocturnos de viernes, sábados y vísperas de festivos.

PARQUES

Todos los parques públicos están cerrados.

RECOMENDACIÓN GENERAL

Aunque sean posibles los movimientos dentro del municipio libremente, y fuera del municipio con causas justificadas, recomendación de no salir de casa si no es estrictamente necesario.

Más info: BOJA del jueves 29 de octubre https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/572/BOJA20-572-00006-13085-01_00180354.pdf

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