Ayuntamiento, Participación Y Comunicación, Tablón de anuncios

Ya está abierto el plazo para presentar ideas para la bandera del municipio

EDICTO
D. Roberto Carlos García Jiménez, Alcalde del Ayuntamiento de Peligros (Granada).
Hace saber: que el Ayuntamiento de Peligros en sesión ordinaria celebrada el día 22 de marzo de 2018, acordó aprobar la convocatoria y las bases para el concurso de ideas para la elaboración de la bandera del municipio de Peligros abriéndose el plazo por dos meses para presentación de solicitudes según las siguientes bases:
BASES CONCURSO DE IDEAS PARA ELABORACIÓN DE LA
BANDERA DEL MUNICIPIO DE PELIGROS (GRANADA)
El Ayuntamiento de Peligros, queriendo reivindicar la identidad tradicional del municipio y de todos sus ciudadanos, y con el deseo de que Peligros tenga una bandera que nazca en el seno de sus habitantes, convoca un concurso de ideas para la elaboración de la bandera del municipio. Dicho concurso se convoca fundamentándose en la normativa que es de aplicación, constituida por los artículos 22.2.b y 47.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los artículos 186 y 187 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ley 6/2003 de 9 de octubre de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, y la Ley 5/2010 de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía, y con arreglo a las siguientes:
Exposición de motivos. 
La identidad de todo pueblo está ligada a su cultura, tradición, geografía, paisaje y valores de su gente, además de otras manifestaciones artístico-culturales que establecen un vínculo de sentimiento de los pobladores hacia la tierra que los vio nacer o lugar en el que habita. El municipio de Peligros sabiendo de la importancia de afianzar la identidad de sus habitantes con sus símbolos propios, basados en su legado histórico, cultural y socio-económico para contribuir al desarrollo cultural y el amor a la localidad, debiendo rescatar y valorar los aportes culturales y ante la ausencia de este símbolo, convoca el CONCURSO ABIERTO Y PUBLICO PARA LA CREACIÓN DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO DE PELIGROS, PROVINCIA DE GRANADA. Esta seña de identidad vendrá a completar los símbolos que identifican al pueblo de Peligros, junto con su escudo. Y surgirá una vez más de la voluntad de todo un pueblo, y  no de la decisión de unas pocas personas.
Base Primera. Objeto de la convocatoria.
Constituye el objeto de las presentes bases la convocatoria de un concurso de ideas para la elección de la Bandera del municipio de Peligros (Granada), conforme a lo establecido en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía.
La bandera de Peligros, como símbolo vexilológico, presidirá los diversos actos protocolarios y será usada conforme a lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, que regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas.
Base Segunda. Carácter de la convocatoria. 
El presente concurso tendrá carácter abierto y público, pudiendo participar en el mismo todas las personas físicas o jurídicas que lo deseen y que cumplan con los requisitos establecidos en la base tercera. 
Base Tercera. Requisitos de los participantes.
1. El presente concurso tiene carácter abierto y público. Siguiendo los principios del Reglamento de Participación Ciudadana vigente en Peligros, pueden participar el mismo los conciudadanos que sean residentes y por tanto estén empadronados en el municipio de Peligros y demás personas físicas mayores de 16 años, así como las personas jurídicas tales como empresas, clubes, colegios, asociaciones, instituciones públicas y privadas.
2. Sólo se admitirá una proposición por cada uno de los concursantes.
3. No podrán participar los miembros del Jurado, ni directa ni indirectamente.
4. La presentación de los interesados en el concurso de ideas supone la aceptación total de cada una de las disposiciones que se fijan en las presentes Bases, constituyéndose en únicos responsables ante terceros por toda demanda que pudieran producirse con relación a la creación de la obra.
5. En el caso de que los participantes sean menores de 18 años, deberán presentar la autorización suscrita por quienes ejerzan su patria potestad, tutela o guarda y custodia de los mismos, conforme al modelo del ANEXO III.
Base Cuarta. Plazo de presentación. 
El plazo de presentación de los trabajos se iniciará el día posterior a publicación, con la exposición al público del anuncio de la convocatoria en el tablón de edictos de la Corporación y de los sitios más frecuentados, así como en la web y redes sociales del Ayuntamiento,y finalizará a los dos meses.
Base Quinta. Características de los trabajos. 
Los trabajos se presentarán en papel en formato A-4 apaisado y en otro formato a elegir (CD formato Word, tela, pintado, etc.).
Podrán ser diseñados por ordenador o a mano.
A los diseños se habrá de acompañar una breve memoria explicativa sobre las razones de la propuesta presentada, con una extensión no superior a un folio.
Base Sexta. Forma de presentación de los trabajos.

  1. Los trabajos se presentarán de la siguiente forma:

a) En un sobre cerrado, que no contendrá datos personales del autor. Únicamente se expresará en el exterior un seudónimo o lema. En su interior contendrá el diseño con las características que se expresan en las presente Bases.
b) En otro sobre adjunto al anterior figurará en el exterior el mismo seudónimo o lema que en el sobre anterior, y en el interior contendrá los siguientes documentos:
– Solicitud de participación debidamente formalizada en todos sus apartados y firmada, conforme al modelo que figura en el ANEXO I a las presente Bases.
– Fotocopia del N.I.F., Pasaporte o Número de Identificación de Extranjeros del autor.
Este sobre permanecerá cerrado a efectos de no conocer la identidad del autor hasta que se produzca el fallo definitivo del Jurado.
c) Quedarán descalificadas las propuestas cuya solicitud de participación no se encuentre debidamente formalizadas y firmadas o que presenten datos identificativos en el exterior de alguno de los sobres.
2. Los trabajos se presentarán, dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro General del Ayuntamiento de Peligros, sito en Plaza de la Constitución, 1, durante el horario de mañana, de 9:00 a 14:00 horas, o bien por correo ordinario, en la forma prevista en la Ley 39/2005.
3. El Ayuntamiento no se hará responsable de los extravíos o daños que puedan sufrir las obras presentadas al Concurso.
4. Los gastos de envío y devolución de las obras, en su caso, serán por cuenta de los concursantes.
Base Séptima.- Devolución de los trabajos.
Transcurrido el plazo de dos meses desde la resolución del Concurso, sin que los autores de los trabajos no premiados los hayan recogido, se entenderá que renuncian a los mismos.
El Ayuntamiento podrá disponer libremente de ellos, sin reconocer derechos de reclamación o indemnización de ninguna clase.
Base Octava.-Diseño.
1. Se deberá crear una bandera inédita, distinta de las existentes, ya sean nacionales, provinciales o locales, con el fin de no reiterar el mismo diseño de alguna ya existente.
2. La bandera deberá ser sencilla, clara y distintiva, compuesta por el mínimo número de partes, que deberán ser suficientemente reconocibles en el conjunto.
3. Será rectangular, en la proporción 2:3 entre el ancho de la bandera (vaina, que va adherida al asta o mástil), y el largo (vuelo).
4. Los colores y símbolos de la bandera evocarán aspectos del paisaje, geografía, historia, cultura, tradiciones, costumbres y valores del municipio de Peligros.
Se deberá utilizar una mínima cantidad de colores y se usarán matices de contraste para su clara distinción, utilizando el sistema cromático internacional Pantone de colores, para la determinación de los mismos. El autor/res deberá especificar en la memoria el número concreto de cada color de la gama Pantone empleado en la elaboración de su propuesta.
 
5. Podrá considerarse, en el diseño de la bandera, el actual escudo del municipio de Peligros para efectos de armonía de color, significado y otros, pudiéndose incluir en el diseño de la bandera ó no.
6. No se deberán utilizar en el diseño de la Bandera letras, leyendas, cifras o todo objeto que no pueda ser susceptible de ser reversible.
7. Se deberá utilizar la menor cantidad de símbolos posibles, previendo el uso del anverso-reverso de los diseños (por las dos caras de la bandera, todos los elementos que se incorporen han de mantener la misma orientación respecto al asta, haciendo el efecto de transparencia).
8. Deberá evitarse la reiteración de elementos, no debiendo superponerse los mismos si pueden estilizarse.
9. Si incluye una figura que tenga el mismo color que el fondo es fundamental filetear su contorno para que se pueda distinguir clara y rápidamente el paño de la figura.
10. Para la ubicación de las figuras simbólicas representativas que se inserten en la bandera deberá tenerse en cuenta las zonas en las que se divide el paño de la bandera. La figura representativa podrá estar en el centro o en el tercio del asta, de manera que al vuelo no llegue a cubrirse la figura.
11. No podrá incluir en su diseño o contenido:
• Siglas, anagramas o logotipos de partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y demás asociaciones y entidades privadas.
• Alusiones o referencias religiosas y/o políticas.
• Aquellos otros que impliquen vulneración de los principios constitucionales o lesión a los derechos fundamentales.
• Cualesquiera símbolos que fomenten o inciten a la violencia en cualquiera de sus manifestaciones.
• Cualesquiera símbolos que sean idénticos o induzcan a error o confusión con otros válidamente inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.
Base Novena.- Composición del Jurado. 
1. El jurado estará compuesto por los siguientes miembros:
– Presidente: Sr. Alcalde-Presidente o persona en quien delegue.
– Vocales:
Un Concejal por cada grupo municipal de los que componen el pleno del Ayuntamiento. 
Tres personas expertas elegidas por la Alcaldía de entre expertas en vexilología, historiadores, expertas en genealogía y heráldica, diseñadores gráficos, etc.
Secretario: El de la Corporación o funcionario que legalmente le sustituya con voz y sin voto.
2. La designación de los miembros del Jurado incluirá la de los respectivos suplentes. 
3. Los miembros del Jurado deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, o podrán ser recusados por los interesados, por las causas, y en la forma que determinan  la Ley 39/2005, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.
Base Décima.- Funcionamiento del Jurado.
1. El Jurado no podrá constituirse sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros, titulares o suplentes, siendo necesaria la presencia del Presidente y el Secretario o quienes les sustituyan.
2. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal del Presidente Titular y su Suplente se procederá conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2005 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple de los miembros presentes, dirimiendo en caso de empate el voto del Presidente.
4. El Jurado quedará vinculado por las presentes bases y podrá interpretar las mismas y resolver las dudas o cuestiones que surgiesen, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la elección de las propuestas ganadoras.
5. Designadas las personas que integran el Jurado, se hará público, en la misma forma y junto a la convocatoria para presentar los trabajos.
6. De las reuniones del Jurado se levantará un acta que deje constancia del resultado, con fundamentación del veredicto.
7. El Jurado elegirá tres finalistas que serán sometidos a consulta popular, de la cual resultará el vencedor del concurso (pudiendo variar el numero de finalistas a entre dos y cuatro dependiendo de la valoración de los trabajos presentados, en función de su calidad y número). 
8. El Jurado podrá declarar desierto el concurso, si ninguna de las obras presentadas alcanzase la mínima calidad.
9. Los miembros del Jurado desempeñarán todas sus funciones a título gratuito, sin que quepa ningún tipo de contraprestación económica y/o indemnización.
10. El Jurado podrá sugerir a los finalistas y al vencedor del concurso las modificaciones que completen la propuesta.
11. El resultado de la consulta popular será vinculante.
Base Undécima.- Criterios de calificación de los trabajos.
1. Los criterios de calificación en base a los cuales se seleccionarán los trabajos presentados, serán los siguientes:
• Creatividad y originalidad.
• Mensaje y significado.
• Concordancia con el escudo municipal.
• Que represente, incluya referencia o simbolice el paisaje, geografía, historia, cultura, tradiciones, costumbres y valores de Peligros y su territorio.
2. Se dará preferencia al diseño que aplique los cinco principios básicos siguientes:
• Mayor simplicidad.
• Simbolismo.
• Armonía colores, menor cantidad de éstos y mayores matices de contraste.
• Mayor acierto en las figuras o símbolos presentes.
• Proporcionalidad-tamaño.
Base Duodécima.- Publicidad.
 
1. Finalizado el plazo de presentación de ideas, se someterán todas presentadas a información pública, conforme a lo previsto en la anteriormente citada Ley 6/2003, de veinte días hábiles dentro de los quince días hábiles siguientes desde que terminó el plazo de presentación de ideas.
2. El período de información se convocará mediante anuncio publicado en el tablón de edictos del Ayuntamiento y cualquier otro medio de difusión local, así como Boletín Oficial de la Provincia de Granada (BOP).
3. Igualmente una vez acordada la apertura del período de información pública, se dará conocimiento del inicio del proceso a asociaciones y colectivos del municipio.
   
4. Finalizado dicho periodo de información pública, y con el resultado de la misma, el Jurado se reunirá para hacer público el Fallo del Concurso.
Base Decimotercera. Informe del Registro Andaluz de Entidades Locales.
1. Previamente a la resolución del procedimiento, y con el fin de que el símbolo que se vaya a aprobar no sea idéntico o induzca a error o confusión con otros válidamente inscritos, se solicitará al Registro Andaluz de Entidades Locales información al respecto.
2. Si el informe del Registro Andaluz de Entidades Locales fuese favorable, la idea ganadora será propuesta al Pleno para establecer la bandera oficial del municipio de Peligros una vez realizados todos los trámites legales oportunos.
3. Si dicho informe no fuese favorable se presentaría el segundo más votado o el tercero, si hubiere lugar a ello.
Base Decimocuarta.- Premios. 
Se establecen los siguientes premios:
• Primer premio: 300 Euros, Diploma acreditativo y resolución de felicitación y agradecimiento.
A esta cantidad se le aplicará la retención que pudiera corresponder en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En caso de ser varios los autores el premio en metálico se repartirá proporcionalmente entre ellos y de forma igualitaria, salvo que en la presentación del trabajo figure expresamente un porcentaje para cada uno de ellos, con el consentimiento y la firma de todos.
• Segundo y Tercer premios: Diplomas acreditativos y resolución de felicitación y agradecimiento.
Los autores de las obras exhibidas que no hayan obtenido premio no tendrán derecho a contraprestación económica alguna, aunque en la exposición se indicará su autoría.
Base Decimoquinta. Derechos de Propiedad Intelectual y explotación.
1. El autor o autores de las obras declararán para su participación en el concurso: (ANEXO I)
– Que es autor de la obra presentada, declarando que la misma es original, no siendo copia ni modificación total o parcial de ninguna otra obra propia o ajena.
– Que la obra presentada, con total indemnidad para el Ayuntamiento de Peligros, tiene carácter inédito en todo el mundo, que tiene la titularidad en exclusiva y sin carga ni limitación alguna de todos los derechos de explotación sobre la misma y frente a terceros.
– Que autorizan expresamente al Ayuntamiento de Peligros a mostrar la obra en exposición pública, dentro del procedimiento de tramitación para la elección de dicho símbolo, y a que su obra forme parte de un catálogo o publicación de las obras que se han presentado al concurso de ideas, cediendo de manera gratuita los derechos de distribución y comunicación pública al Ayuntamiento de Peligros de forma indefinida a dicho fin.
– Que acepta las Bases del Concurso de ideas que declara conocer.
2. En su condición de autor o autores de la obra ganadora del concurso de ideas para la adopción de la Bandera del Municipio de Peligros, deberán otorgar documento conforme al modelo que aparece en el ANEXO II a estas Bases, por el que declararán expresamente:
– Que en calidad de autor de la obra cede al Ayuntamiento de Peligros, en exclusiva, los derechos de explotación de la obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación relacionados en los artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, durante el plazo señalado en el artículo 26 del citado Texto Refundido, teniendo derecho a expresar la obra por cualquier medio o soporte tangible, o intangible, comprendiendo, todas y cada una de las modalidades de explotación, incluyéndose los derechos de reproducción en cualquier soporte o formato, así como los derechos de distribución y comunicación pública de la obra, para su explotación comercial en el ámbito español y en el resto del mundo, conforme a los Convenios y tratados Internacionales.
– Que en función del objeto del Concurso al que se presenta, y que la explotación de la obra no producirá ingresos, se establece que la remuneración a tanto alzado para el autor consistirá en la percepción del premio que se establece en las Bases del Concurso. 
– Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, el autor ganador presta su autorización para que el Ayuntamiento de Peligros pueda modificar, desarrollar o adaptar dicho diseño utilizando cualquier medio que considere oportuno.
Asimismo, el Ayuntamiento de Peligros podrá efectuar las variaciones que resulten necesarias en el diseño ganador para adaptarlo a las exigencias de lo dispuesto en la Ley 6/2003, o cualquier otra norma que resulte de pertinente aplicación para el registro del símbolo.
– Que renuncia expresamente a su derecho a realizar modificaciones de la obra respetando los derechos adquiridos por el Ayuntamiento y las exigencias de protección de bienes de interés cultural.
3. En caso de que el ganador del Primer Premio del Concurso no formalizase el ANEXO II de cesión de derechos de propiedad intelectual a favor del Ayuntamiento de Peligros o incumpliese las Bases del Concurso quedará descalificado automáticamente, pasando a ocupar su lugar el segundo premiado, y si se diese la misma circunstancia respecto a éste pasaría el primer premio al tercero.
Base Decimosexta. Protección de datos de carácter personal. 
El responsable del tratamiento de los datos personales solicitados es el Ayuntamiento de Peligros con CIF P1815600J, dirección Plaza de la Constitución 1, 18210 Peligros, Granada. Teléfono 958405018. Correo electrónico info@ayuntamientopeligros.es
FINALIDAD DEL TRATAMIENTO
El Ayuntamiento de Peligros tratará los datos que nos facilite mediante la cumplimentación de los anexos de esta convocatoria y de los documentos que puedan acompañar a los mismos para tramitar su inscripción/ participación en el presente certamen/concurso (IDEAS PARA LA ELABORACIÓN DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO DE PELIGROS), gestionar y organizar el mismo, mantener la comunicación con los participantes e informarles de su resultado.
LEGITIMACION
La base legal para el tratamiento de sus datos personales es el consentimiento del participante que se inscribe al certamen voluntariamente
CONSERVACION DE LOS DATOS
Los datos personales de los participantes serán conservados durante el desarrollo del concurso y tras su finalización durante los plazos necesarios para la resolución de las posibles  reclamaciones que pudieran ser presentadas. 
La aportación de los datos solicitados en requisito necesario para poder participar en el concurso.
COMUNICACIONES DE DATOS
Sus datos personales serán comunicados a los miembros del jurado para que puedan ejercer sus funciones, especificadas en las bases del concurso. 
Durante la entrega de premios se captarán imágenes de los asistentes. Las  imágenes de los participantes que resulten ganadores serán difundidas a través de los medios de comunicación, Web municipal y perfiles/ páginas del Ayuntamiento en redes sociales para divulgar la actividad  e informar de los ganadores de la misma. 
 TRANSFERENCIA DE DATOS A TERCEROS PAÍSES
No se prevén transferencias internacionales de datos
DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, SUPRESIÓN, LIMITACIÓN, OPOSICIÓN Y PORTABILIDAD
Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición en la dirección de correo electrónico indicar con el asunto “protección de datos” o por escrito a la dirección del  responsable en Plaza de la Constitución 1, 18210 Peligros, Granada, y en cualquiera de los dos casos junto con copia de documento que acredite su identidad
Cuando el tratamiento esté legitimado en el consentimiento y se efectúe por medios automatizados tendrá derecho a la portabilidad de sus datos, es decir, a que se le entreguen en formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, incluso a remitírselos a un nuevo responsable 
DERECHO DE RECLAMACIÓN A LA AUTORIDAD DE CONTROL
Podrá presentar reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos competente, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, mediante escrito dirigido a la  Agencia Española de Protección de Datos , C/Jorge Juan nº 6, 28001 Madrid o bien accediendo a su sede electrónica a través de la web www.agpd.es 
Base Decimoséptima.- Normativa supletoria. 
Para lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, con las modificaciones derivadas de la aplicación de la Ley 5/2010, de 11 junio, de Autonomía Local de Andalucía; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; La Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la restante normativa de régimen local aplicable.
Peligros 23 Abril de 2018
El Alcalde
Roberto Carlos García Jiménez
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y CESIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL A EFECTOS DE LA TRAMITACIÓN DEL CONCURSO DE IDEAS
I. DATOS PERSONALES:

Primer apellido Segundo apellido
Nombre DNI/NIE/PASAPORTE
Fecha nacimiento Lugar
Domicilio actual
Localidad Provincia
correo electrónico Teléfonos

II. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SE APORTAN:
❑ Fotocopia compulsada D.N.I./N.I.E./PASAPORTE
III. SEUDÓNIMO QUE APARECE EN EL EXTERIOR DE LOS SOBRES.                                                   
IV. DECLARACIÓN DEL PARTICIPANTE.
En su condición de autor/es de la obra presentada para su participación en el concurso de ideas para la adopción de la Bandera del Municipio de Peligros, el firmante/s declara/n expresamente:
a) Que solicita la participación en el concurso de ideas convocado por el Ayuntamiento de Peligros para la adopción de su Bandera.
b) Que reúne los requisitos establecidos en las bases para participar.
c) Que es autor de la obra presentada, declarando que la misma es original, no siendo copia ni modificación total o parcial de ninguna otra obra propia o ajena.
d) Que la obra presentada, con total indemnidad para el Ayuntamiento de Peligros, tiene carácter inédito en todo el mundo, que tiene la titularidad en exclusiva y sin carga ni limitación alguna de todos los derechos de explotación sobre la misma y frente a terceros.
e) Que autorizan expresamente al Ayuntamiento de Peligros a mostrar la obra en exposición pública, dentro del procedimiento de tramitación para la elección de dicho símbolo, y a que su obra forme parte de un catálogo o publicación de las obras que se han presentado al concurso de ideas, cediendo de manera gratuita los derechos de distribución y comunicación pública al Ayuntamiento de Peligros de forma indefinida a dicho fin.
f) Que acepta las Bases del Concurso de ideas que declara conocer.
g) Que conoce y autoriza a que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que los datos de carácter  personal para los casos de ser persona física, o en el caso de los datos de los representantes si es persona jurídica, recabados, así como la documentación aportada, sean recogidos y tratados con la finalidad de gestionar el procedimiento del Concurso de ideas en los términos establecidos en las presentes bases. Asimismo conoce que serán incluidos en el fichero TERCEROS, cuya finalidad es disponer de un registro único de las personas físicas o representantes de entidades jurídicas que se relacionan por razones económicas con el Ayuntamiento. La titularidad de estos ficheros corresponde al Ayuntamiento de Peligros, estando inscrito en el Registro General de Protección de Datos.
Los datos serán tratados de manera confidencial, siendo comunicados en aquellos casos en los que se  cumplan las exigencias establecidas en la legislación vigente de Protección de Datos.
Que igualmente conoce que las personas titulares de los datos podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la precitada Ley, mediante comunicación escrita dirigida al responsable del fichero: Ayuntamiento de Peligros – Plaza de la Constitución, 1 – 18210 Peligros (Granada).
En Peligros, a      de             de 20   .
(Firma)
Firmado:                           .
ANEXO II
CESIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE
LAS OBRAS GANADORAS
I. DATOS PERSONALES:

Primer apellido Segundo apellido
Nombre DNI/NIE/PASAPORTE
Fecha nacimiento Lugar
Domicilio actual
Localidad Provincia
correo electrónico Teléfonos

En su condición de autor o autores de la obra ganadora del concurso de ideas para la adopción de la Bandera del Municipio de Peligros, declaran expresamente:
a) Que en calidad de autor de la obra cede al Ayuntamiento de Peligros, en exclusiva, los derechos de explotación de la obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación relacionados en los artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, durante el plazo señalado en el artículo 26 del citado Texto Refundido, teniendo derecho a expresar la obra por cualquier medio o soporte tangible, o intangible, comprendiendo, todas y cada una de las modalidades de explotación, incluyéndose los derechos de reproducción en cualquier soporte o formato, así como los derechos de distribución y comunicación pública de la obra, para su explotación comercial en el ámbito español y en el resto del mundo, conforme a los Convenios y tratados Internacionales.
b) Que en función del objeto del Concurso al que se presenta, y que la explotación de la obra no producirá ingresos, se establece que la remuneración a tanto alzado para el autor consistirá en la percepción del premio que se establece en las Bases del Concurso.
c) Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, el autor ganador presta su autorización para que el Ayuntamiento de Peligros pueda modificar, desarrollar o adaptar dicho diseño utilizando cualquier medio que considere oportuno.
Asimismo, el Ayuntamiento de Peligros podrá efectuar las variaciones que resulten necesarias en el diseño ganador para adaptarlo a las exigencias de lo dispuesto en la Ley 6/2003, o cualquier otra norma que resulte de pertinente aplicación  para el registro del símbolo.
d) Que renuncia expresamente a su derecho a realizar modificaciones de la obra respetando los derechos adquiridos por el Ayuntamiento y las exigencias de protección de bienes de interés cultural.
□ En caso de ser beneficiario de alguno de los premios el nº de cuenta donde se ingresará el dinero será:
En Peligros, a      de             de 20   .
Fdo.:
ANEXO III
AUTORIZACIÓN PARA PARTICIPACIÓN DE MENOR EN EL CONCURSO DE
IDEAS PARA LA ELABORACIÓN DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO DE PELIGROS (GRANADA)
I. DATOS DE LA PERSONA QUE EJERCE LA PATRIA POTESTAD, TUTELA O GUARDA Y CUSTODIA DEL MENOR:

Primer apellido Segundo apellido
Nombre DNI/NIE/PASAPORTE
Fecha nacimiento Lugar
Domicilio actual
Localidad Provincia
correo electrónico Teléfono/s

II. DATOS DE LA/EL MENOR NO EMANCIPADA/O:

Primer apellido Segundo apellido
Nombre DNI/NIE/PASAPORTE
Fecha nacimiento Lugar
Domicilio actual
Localidad Provincia
correo electrónico Teléfono/s

En relación con la/el menor no emancipada/o, DECLARA que:
1. Ejerce sobre la/el misma/o:
❑ La patria potestad.
❑ La tutela
❑ La guarda y custodia del menor arriba citado.
2. Presta su consentimiento para la consulta de sus datos de identidad y los del menor a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
3. Autoriza al menor para presentar la solicitud y demás documentación requeridas para la participación en el Concurso de ideas para elaboración de la Bandera del municipio de Peligros (Granada), conforme al modelo del ANEXO I de las Bases.
4. Autoriza igualmente las cesiones de derechos que se expresan en el ANEXO II, y demás documentación requeridas para la participación en esta Convocatoria.
5. Que conoce, en cumplimiento de la L.O. 15/1999 de 13 de diciembre sobre Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de carácter personal y la información que se facilita al tramitar la presente solicitud, podrán ser incorporados y tratados en un fichero informatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Peligros, cuya finalidad será dar cumplimiento a las funciones propias del Servicio de Educación. En todo momento, y de conformidad con la legislación vigente, podrá ejercer su derecho de acceso, rectificación y cancelación por medio de solicitud dirigida a este Ayuntamiento.
En Peligros,     de             de 20   .
Firma del padre, madre, tutor, etc.)
Fdo.:
 
Descargar BASES: Edicto BASES PARA EL CONCURSO DE IDEAS BANDERA-1

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