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Aprobado de forma definitiva el nuevo Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento

Tras su aprobación en pleno y tras el periodo de exposición pública, cumpliendo todos los trámites legales, queda aprobado de forma definitiva el nuevo Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Peligros.

El reglamento queda adaptado a la normativa vigente (Ley 7/2017 de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía), para regular el derecho de participación ciudadana en condiciones de igualdad, de manera real y efectiva, ya sea directamente o a través de las entidades de participación ciudadana en las que se integre la ciudadanía, así como el fomento de su ejercicio, en el marco de lo establecido en la Constitución, el Estatuto de Autonomía y los tratados comunitarios.

El pasado mes de enero, el Ayuntamiento abrió una consulta pública de cara a la elaboración del nuevo reglamento, que después fue aprobado en pleno, por unanimidad.


Intervención del concejal de Participación, Pani Guzmán, ante el pleno municipal:

Tras la aprobación en pleno del primer reglamento de participación ciudadana de Peligros, el 24 de septiembre de 2015, Nuestro alcalde de Peligros, Roberto García, se comprometió no solo a implementarlo, sino a revisarlo y mejorarlo pasados unos años para hacerlo más efectivo y ajustado a la práctica real del municipio y su ciudadanía.

Por todo ello, y no menos importante, por la necesidad de adaptar el reglamento a los principios de la ley 7/2017 de 27 de diciembre de participación ciudadana de Andalucía, en la que Peligros participó activamente en su fase de diseño, y de impulso de la misma en la actualidad. Hemos reelaborado este reglamento sobre la base del ya existente.

El reglamento resultante es el producto del trabajo tanto de los equipos técnicos municipales (gracias expresamente a Justi y Antonio9, como de la ciudadanía que se ha implicado activamente en diferentes fases de su elaboración, especialmente el grupo motor, destacando la participación activa, el trabajo y las horas de dedicación jóvenes estudiantes de derecho y ciencias políticas y de la administración de nuestro pueblo ¡Enhorabuena!

Principales modificaciones introducidas

  • Se adapta el ámbito de aplicación del Reglamento a lo establecido en el artículo 6 de la Ley 7/2017 incorporando el concepto de entidades de participación ciudadana conforme a lo establecido en la Ley.
  • Se adaptan las disposiciones relativas al ejercicio del derecho a la información a lo dispuesto en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en lo relativo al acceso a la información pública. 
  • Se contempla el derecho a formular quejas y sugerencias adaptando el procedimiento seguido en el ayuntamiento.
  • Se contempla el derecho de audiencia pública conforme Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía, artículo 26 como un instrumento de consulta popular.
  • Se contempla el derecho a la iniciativa popular para la presentación de propuestas de acuerdos, actuaciones y proyecto de reglamentos, adaptado a lo establecido en el artículo 70 bis de la Ley 7/1985 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. 
  • Se regula de manera expresa el derecho a la consulta participativa local como instrumento especifico diferenciado de la iniciativa popular, y de la consulta popular prevista en la Ley 2/2001 de 3 de mayo de regulación de consultas populares locales. 
  • Se incorpora un nuevo instrumento de participación ciudadana conforme a lo dispuesto en la sección 3º del capítulo VII, Titulo III de la Ley 7/2017 de participación ciudadana.
  • Se adapta la regulación de las Asambleas de Barrio y el Grupo Motor Ciudadano, como foros de participación ciudadana, adaptándolo así a la nueva regulación establecido en la Ley 7/2017 de participación ciudadana. 
  • Se establecen las normas para la creación de Consejos Sectoriales, entendido como órganos de participación ciudadana de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  • Se adapta la regulación del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  • Se regula el procedimiento para el reconocimiento de entidades de utilidad pública municipal de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación.

Este reglamento supone un avance más en lo que a políticas de a participación se refiere y un garante de los derechos de todos los vecinos y vecinas de Peligros. Es una herramienta al servicio del pueblo y el fomento de los valores democráticos… Un primer paso para empezar a celebrar nuestro X ANIVERSARIO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS 

¡Peligros Suena Participación!

Animarse a participar y a hacer crecer la participación en nuestro municipio ¡SALUD!

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