El alcalde de Peligros, Roberto García, les da la bienvenida. En esta sección de la web conocerá quién es y qué competencias tiene.
Como alcalde de Peligros, os doy la bienvenida a este portal web municipal, desde el convencimiento de que se trata del canal informativo dinámico y directo que la ciudadanía exige para una institución pública.
Bajo la premisa de dotar de transparencia a la gestión municipal, y para atender el indiscutible derecho a estar informados de forma clara, accesible y sencilla, hemos desarrollado una web municipal en esos términos, primando a la información por encima de todo, facilitando al máximo el acceso a los contenidos, y pensando en todos los usuarios, de todas las edades y condiciones.
El objetivo es que la página web municipal sea uno de los principales canales de comunicación entre el Ayuntamiento de Peligros y la ciudadanía. Las nuevas tecnologías de Internet, las redes sociales especialmente, hacen posible una relación directa entre instituciones y vecindario, y esta nueva web pretende situarse en ese punto de contacto cercano entre el Ayuntamiento y la gente.
Es importante destacar que esta página web no es algo estático, estará viva, y la construiremos entre todos. Quiero invitar a todos y a todas a participar en esa puesta en marcha de un medio público rico en matices, plural, multimedia, dinámico, actualizado continuamente. Esperamos propuestas y sugerencias a través de los numerosos canales de comunicación abiertos por este Ayuntamiento: desde los correos electrónicos personales –disponibles en esta misma web-, hasta los buzones de sugerencias distribuidos por todo el municipio, pasando por las cartas de toda la vida o, como no podía ser menos, a través del contacto personal y directo, el que mantenemos cada día entre los y las concejales del equipo de gobierno y nuestros vecinos y vecinas.
COMPETENCIAS DEL ALCALDE
De conformidad con el artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y demás normas concordantes es el Presidente de la Corporación y ostenta, entre otras las siguientes atribuciones:
- Dirige el Gobierno y la Administración Municipal.– Representa al Ayuntamiento.
- Convoca y preside las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local y de cualquier otro órgano municipales cuando así lo establezca una disposición legal o reglamentaria y decide los empates con votos de calidad.
- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
- Dictar Bandos.
- El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado.
- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobado por el Pleno.
- Desempeñar la jefatura superior de todo el personal.
- Ejercer la jefatura de la Policía Local.
- Aprobación de determinados instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuido al Pleno, así como los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa del Ayuntamiento en materia de su competencia.
- Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe e infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno.
- Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales.
- Las contrataciones y concesiones dentro de los límites de su competencia.
- La aprobación de los proyectos de obras y servicios dentro de su competencia.
- La adquisición de bienes y derechos dentro de los límites establecidos en la Ley.
- El otorgamiento de licencias dentro de los límites señalados por las Leyes.
- Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento.
- El nombramiento de los Tenientes de Alcaldes.
- Las demás que expresamente le atribuyen las Leyes.