Ayuntamiento, Hacienda

El Ayuntamiento ofrece bonificaciones y exenciones en la tasa de basura

Durante el mes de diciembre se pueden solicitar las bonificaciones y exenciones en el pago de la tasa de basura. Pensionistas con ingresos bajos, personas que viven solas, forman una unidad familiar pequeña o están en situación de desempleo, pueden beneficiarse de importantes reducciones.

Están exentos del pago de la tasa los pensionistas con ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional siempre que tengan una única vivienda, constituyendo ésta el domicilio habitual y siendo propietario-titular de la misma el sujeto pasivo de la tasa.

Se aplicarán, previa justificación, las bonificaciones siguientes:


a) 50% de la cuota tributaria a aquellos contribuyentes que residan solos, siempre que sea la única vivienda que posea, constituyendo ésta el domicilio habitual y siendo propietario titular.
b) 30% de la cuota tributaria cuando se trate de unidades familiares de sólo 2 miembros, siempre que posean una única vivienda, constituyendo ésta el domicilio habitual y siendo propietarios-titulares.
c) 50% de la cuota tributaria, para aquellas unidades familiares cuyos miembros en su totalidad, se encuentre en situación legal de desempleo y mientras persistan en esta situación, siempre que posean una única vivienda, constituyendo ésta el domicilio habitual.
Para la solicitud de la bonificación del apartado c), los interesados tendrán que solicitarlo, dentro del mes anterior al inicio del semestre correspondiente.

La documentación a presentar será:

    • DNI del titular de la vivienda.
    • Certificado de residencia expedido por el Ayuntamiento acreditativo de la totalidad de las personas empadronadas en el domicilio de que se trate.
    • Documento acreditativo de la situación de desempleo de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar. Se considerarán en situación de desempleo aquellos solicitantes y miembros de la unidad familiar que, sin tener la condición de pensionista, y estando inscritos como demandantes de empleo en el correspondiente servicio público, no realicen ninguna actividad laboral por cuenta propia o ajena.

La solicitud se tiene que realizar siempre en el ejercicio anterior, y se puede presentar por vía telemática en la sede electrónica, en el Ayuntamiento o en el área económica.

Compartir