Ayuntamiento, Salud y Consumo

Recomendaciones de la OMIC antes de viajar en Semana Santa

  • Solicitar el contrato
  • Datos fundamentales del viaje y sus Organizadores
  • Tener información de seguros y contactos en los diferentes puntos del itinerario.
  • Conservar la publicidad durante todo el viaje, ya que ésta tiene carácter contractual.
  • El precio del viaje no puede aumentar en los últimos 20 días.
  • Es preferible contratar viajes en empresas adscritas al Sistema Arbitral de Consumo.
  • Antes de viajar, el usuario debe informarse sobre la necesidad de vacunas, visados, tasas….
  • Es recomendable realizar un seguro de viaje que, ante la cancelación impida la pérdida de la reserva, que supone un coste de entre el 25 y 40% del importe total.
  • CANCELACIONES:
    • Si la cancelación del viaje es por parte del consumidor, deberá compensar a la agencia con los gastos de gestión y anulación y recibirá una penalización del 5% del total, si la comunica 10 o 15 días antes, del 15% si lo hace entre tres y diez días y del 25% si lo hace en las 48 horas antes del viaje.
    • Si es la Agencia quién cancela o anula el viaje, el consumidor tendrá derecho al reembolso del precio o a un viaje equivalente, salvo razones de fuerza mayor, imprevisibles o inevitables.
    Dependiendo del medio de transporte que se utilice, es necesario tomar determinadas recomendaciones: Si viaja en avión:
    • Confirmar la reserva del billete antes de volar.
    • Prestar atención a la hora limite de aceptación de vuelo.
    • Si es víctima de overbooking, el usuario, tiene derecho a una indemnización de 250 a 600 € dependiendo de la distancia del viaje y al reembolso de su billete.
    • En caso de pérdida, deterioro o retraso del equipaje, el consumidor tiene derecho a una indemnización de 25´5 € por kilogramo facturado, con un límite de 736´74 €, se recomienda realizar una declaración del valor del contenido del equipaje al facturarlo.
    Si viaja en tren:
    • Si se retrasa el tren, el consumidor tiene derecho a una indemnización por los perjuicios causados, que oscilarán entre el 25 y el 50 o 100% del precio del billete según el exceso sobre el horario previsto.
    • En caso de pérdida o daño del equipaje, el consumidor solo tendrá derecho a una indemnización, si ha facturado el equipaje.
    Si viaja en autobús:
    • El consumidor debe comprobar que el billete figure el nombre de la empresa, la fecha del viaje, el trayecto, el precio, el número de vehículo y de su asiento.
    • Tiene derecho a el transporte gratuito de 30 kilogramos de equipaje, pudiendo excederse hasta 20 kilogramos más, previo pago del exceso. La responsabilidad de la empresa por daño o pérdida de equipaje se limitará a 12 € por kilogramo.
    Si viaja en coche:
    • El consumidor, antes de viajar, debe revisar su vehículo y respetar las normade la Dirección General de Tráfico.
    Si a pesar de seguir todas las recomendaciones de esta O.M.I.C., tuviera algún problema o creen que se han vulnerado sus derechos como consumidor, deben dejar constancia de su queja en las HOJAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES, cuya disponibilidad es obligatoria. Si el problema no se resuelve, a la vuelta del viaje se puede seguir con la reclamación a través de diferentes organismos con competencia en consumo, como los vecinos/as de este Municipio, que se podrán dirigir a esta oficina para la tramitación de dicha reclamación. Oficina Municipal de Información al Consumidor Edificio de Servicios Sociales Plaza de la Candelaria s/n  958405018 omic@ayuntamientopeligros.es

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